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Tribunal Superior de Justicia CABA

84 employees

El Tribunal Superior de Justicia está compuesto por cinco magistrados propuestos por el Jefe de Gobierno con acuerdo brindado por los dos tercios del total de los miembros de la Legislatura de la Ciudad, en sesión pública especialmente convocada al efecto. Sólo son removidos por juicio político. En ningún caso podrán ser todos del mismo sexo Este órgano colegiado dicta su reglamento interno, nombra y remueve a sus empleados y ejecuta su presupuesto. Son competencias del Tribunal Superior de Justicia: Originaria y exclusivamente en los conflictos entre los Poderes de la Ciudad y en las demandas que promueva la Auditoría General de la Ciudad de acuerdo con lo que autoriza la Constitución. Originaria y exclusivamente en las acciones declaratorias contra la validez de leyes, decretos y cualquier otra norma de carácter general emanada de las autoridades de la Ciudad, contrarias a la Constitución Nacional o a la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por vía de recursos de inconstitucionalidad, en todos los casos que versen sobre la interpretación o aplicación de normas contenidas en la Constitución Nacional o en la Constitución de la Ciudad. En los casos de privación, denegación o retardo injustificado de justicia y en los recursos de queja por denegación de recurso. En instancia ordinaria de apelación en las causas en que la Ciudad sea parte, cuando el monto reclamado sea superior al que establezca la ley. Originariamente en materia electoral y de partidos políticos. De las cuestiones de competencia y los conflictos que en juicio se planteen entre jueces y juezas y tribunales de la Ciudad que no tengan un órgano superior jerárquico común que deba resolverlo (art. 26 inc. 7 de la ley 7).reglamentarios, en aquéllos de carácter estructural o de trascendencia institucional.

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